Visto que en fecha 19-5-05 el Dr. José Ramón Ereu Ereu, Defensor Privado del imputado GILBERTO LUIS ALBERTO SOTO RODRIGUEZ, a quien se le sigue proceso penal por su presunta participación en el delito de homicidio calificado ilícito, solicitando la constitución del Tribunal como unipersonal, ante las dificultades para la constitución del Tribunal Mixto. Este Tribunal considera pertinente mantener vigente el proceso a los fines de agotar la posibilidad de garantizar la participación ciudadana, pues si bien es cierto que cumplidos los extremos previstos en el último aparte del artículo del 164 del Código Orgánico Procesal Penal nace el derecho del imputado a solicitar la Constitución de Tribunal Unipersonal, en el presente caso no se ha cumplido tales extremos, por lo que a la presente fecha, no es procedente la solicitud planteada