DECISIÓN
Por las razones expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en Primera Instancia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por ABOG. Erika Maria Toussaint Morales, actuando en su condición de Defensora Privada del ciudadano Jesús Aristimuño, titular de la cédula de identidad N° V- 22.693.035, por parte del Tribunal en Funciones de Juicio N° 4, por la presunta OMISIÓN DE PRONUNCIAMIENTO, al dar oportuna respuesta a la solicitud de remitir la causa al Tribunal de Ejecución que por distribución corresponda en virtud de que en fecha 13-07-2018 se realizó audiencia de Admisión de Hechos, en fecha 09/01/2019 y 18/01/2019 por parte de la defensa privada; ya que la presunta violación de derechos constitucionales alegada por el accionante CESO, cuando la Abg. Marisol.....