DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Autos interpuesto por la DEFENSA PÚBLICA Nº 16, ABG. NINFA MARIELA MOGOLLON, en su carácter de Defensor Publico del ciudadano YAIDIN ALBERTO GUTIERREZ SERRA y RAINER JOSE SILVA DE LA CRUZ, contra la decisión dictada en fecha 16 de febrero de 2016 y fundamentada en fecha 17 de febrero de 2016, por el Juez del Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 08 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decreta la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, a los ciudadanos RAINER JOSE SILVA DE LA CRUZ, titular de la Cedula de Identidad N° 23.364.74 y.....