artículo 267 del Código Civil, que le corresponden en su condición de beneficiarios a los adolescentes (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LA L.O.P.N.N.A.), este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara con sede en Barquisimeto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, autoriza suficientemente a la ciudadana FRANCY LISBETH ZAMBRANO ABARCA, ya identificada, para la venta del vehiculo de las siguientes características: Clase: Camión, Tipo: Cava, Marca: Ford, Modelo Vehiculo F350, año 1987,color blanco multicolor, uso carga, serial del motor 209995, serial de carrocería AJF3HY14101.
Se le advierte a la solicitante, al comprador, y cualquier otro organismo, que los montos correspondientes a los adolescentes, deberán ser remitidos a este despacho mediante Cheque de Gerencia a la orden del Juzgado Pri.....