En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Segundo de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Lara con sede en la ciudad de Barquisimeto, conforme al segundo aparte del artículo 296, eiusdem, ordena que sea completada la querella presentada a nombre de los ciudadanos Oswaldo José Loyo, Naylet Josefina Loyo, Rolando José Loyo, Ivan José Loyo, y Miaban Pastora Loyo, venezolanos, mayores de edad, titulares respectivamente de la CI Nº 12.432.260, 12.433.904, 13.644.398, 14.696.301 y 15.265754, dentro del plazo de tres días contados a partir de la notificación que debe hacerse a la abogada Thairys Samantha Mosquera Nuñez IPSA 119.640, por cuanto no llena los extremos legales previstos en los artículo 292, 293 y 294 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a la abogada Thairys Samantha Mosquera Nuñez IPSA 119.640.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones d.....