DECISION
Con fundamento a lo expuesto anteriormente este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, homologa el acuerdo entre los ciudadanos Carmen Coromoto Suárez y Bartolo Antonio Coronel, ante el órgano administrativo, con excepción de los gastos de medicinas y médicos por las razones ya expuestas. Conforme a dicho acuerdo la pensión de alimentos para los niños, queda fijada en la cantidad de ciento cincuenta mil bolívares (Bs. 150.000,oo) mensuales, además el padre se compromete a suministrarle a sus hijos el vestuario todos los fin de años, así como también os uniformes y útiles escolares.
Así como lo establece la norma del artículo 375 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, el incremento anual será por la suma de diez mil bolívares (10.000,oo).
Se acuerda remitir el presente expediente con oficio al Con.....