PRIMERO: Se acuerda a favor del acusado ORLANDO JOSE GONZALEZ MOSQUERA, titular de la Cedula de Identidad V- 13.647.857, Fecha de Nacimiento: 14-05-77, Edad: 34 años; Lugar de Nacimiento: Carora- Estado Lara, Hijo: Alexis de González y Orlando José González, Profesión u Oficio: obrero; Grado de Instrucción: 6to grado, Residenciado en: Quebrada Arriba calle Principal de Santa Cecilia, sector Ricardo Benedetti, estado Lara. Teléfono: 0252-8080524, por la comisión del delito de Violencia psicológica y Acoso u Hostigamiento, previsto y sancionado en el artículo 39, 40 y 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia, la medida de Suspensión Condicional del Proceso, por el lapso de prueba de UN (01) AÑO, contado a partir de la primera presentación ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema penitenciario con sede en este estado, conforme a los artículos 42, 43 del Código Orgánico Procesal Penal y se le imponen las condiciones previstas en el artícu.....