Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la apelación formulada por el abogado DAVID FLORES PIÑA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 79.169, de este domicilio, en su carácter de representante judicial de la parte demandada en el presente proceso, contra la sentencia dictada en fecha 15 de Diciembre del año 2003, dictada por el Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en consecuencia, se DECLARA CON LUGAR la demanda de desalojo intentada por el ciudadano JULIAN GUTIERREZ, contra el ciudadano FRANCISCO LUIS CELIS CELIS, ambos ya identificados, en consecuencia, se ordena a que el demandante quede en posesión del inmueble secuestrado en fecha 22 de Octubre del año 2003, consistente en la casa ubicada en l.....