Por las razones antes expresadas este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
1. CON LUGAR la demanda por DESALOJO, intentada por la ciudadana ENMA ANTONIETA HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-3.878.295, CONTRA el ciudadano ÁLVARO ZUÑIGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-13.265.899.
2. SE ORDENA al demandado la entrega, solvente en sus servicios públicos, libre de personas y bienes, del inmueble constituido por una casa denominada “La Negra”, con el terreno propio donde está construida que mide 471,92 M2, el cual se encuentra ubicado en la carrera 28 entre calles 45 y 46 N° 45.46, del Municipio Concepción del estado Lara. nda.
3. SE CONDENA en Costas a la parte perdidosa de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado totalmente vencida.
PUBLÍQUESE, incluso en la página.....