DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Cuarto en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA al ciudadano JUAN CARLOS ULACIO ALBARCA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, sin cedular, nacido el 28/12/72 en Acarigua, Estado Portuguesa, de 33 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, hijo de Juan Bautista Ulacio y Ercila Dominga Albarca, residenciado en el Barrio Macuto, Sector 1, calle Principal, casa N° 1332, Barquisimeto, Estado Lara, asistido por la Defensora Pública Ruth Blanco, a cumplir la pena de OCHO (08) MESES DE PRISION por ser autor responsable del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS previsto y sancionado en el artículo 31 tercer aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico y Consumo Ilícito d.....