DECLARA CON LUGAR, la solicitud de aumento de pensión de alimentos formulado por la ciudadana MARITZA INMACULADA CORDERO, en contra del ciudadano JACOBO MANUEL ESCALONA, ambos identificados, dicta como nuevo monto del suministro alimentario que el obligado, debe pasar a su hijo adolescente identificación omitida dando cumplimiento al artículo 65 de la LOPNA, el DIECISIETE POR CIENTO (17%) de su sueldo bruto mensual, que con toda regularidad deberá depositar en una cuenta de ahorros que se ordena aperturar a nombre del adolescente y representado por su madre, en el Banco Industrial de Venezuela.