Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, actuando en sede Constitucional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para conocer y decidir acción de amparo constitucional por el ciudadano RAFAEL RAMÓN GARCÍA PACHECO, titular de la cédula de identidad No. 16.737.552, asistido por la abogada Maigry Alvarado, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 104.298, en su condición de Procuradora Especial de Trabajadores del Estado Lara, contra la sociedad mercantil ATAR CORPORACIÓN, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 08 de noviembre del 2001, bajo el Nº 51, tomo 147-A, cuya última modificación fue registrada en el mismo Registro Mercantil, en fecha 19 de agosto del 2008, bajo el Nº 31, tomo 54-A, en razón del alegad.....