En el presente asunto, la parte demandante solicita que se dé por terminada la causa por haberse producido la extinción de la obligación tributaria por la vía del pago, por cuanto la contribuyente canceló las cantidades que adeudaba a la Administración Tributaria Nacional por concepto de impuestos, intereses y costas procesales, lo cual se evidencia de las planillas de pagos y el reporte SIVIT, consignado por la representación del Fisco Nacional mediante diligencia de fecha cinco (05) de junio de 2007, cursante en el folio cuarenta y cuatro (44) del presente asunto.
En razón de lo expuesto, esta Juzgadora administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del expediente, en virtud de la extinción de la obligación tributaria, conforme a lo previsto en el artículo 39 del Código Orgánico Tributario. Asimismo, se deja sin efecto el Decreto de Medida Ejecutiva de Embargo dictado por este Tribunal Superior.....