REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de febrero Del Año Dos Mil Ocho
197º y 148º

ASUNTO : KP02-S-2007-019937

Vista la presente solicitud de AUTORIZACIÓN, presentada por la ciudadana MELENDEZ GUTIERREZ NILBLADYS ISNAHIR, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad N° V-12.700.654; una vez revisadas las actas procesales junto con la documentación, este tribunal observa que la misma no consignó originales de los recaudos, incluso cuando le fueron solicitados por este despacho. En consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE, la presente solicitud de AUTORIZACIÓN.-

El Juez La Secretaria Acc,


Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Agüero E: