DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por la Abg. Yesenia Inmaculada Tabares Chirinos, en su carácter de Fiscal Auxiliar Octava del Ministerio Público del Estado Lara, contra la decisión dictada en fecha 21/06/2016 y fundamentada en fecha 22/06/2016, por parte del Tribunal de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control N° 11 de este Circuito Judicial Penal, Extensión Carora, mediante el cual otorgó Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, a los ciudadanos JORGE CARLOS DURAN FIGUERA, KEVIN DANIEL SOTO BELKESDIJK y WILLIAN ALEXANDER OLIVAREZ, por la presunta comisión de los delitos de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 y 6 ordinales 3 y 4 de la Ley de Robo y Hurto de Vehiculo, ASO.....