DECISIÓN
Por las razones expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en Primera Instancia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por los ADEL ZAMMAR ARRAGE, SLEIMAN ZAMMAR ARRAGE, NAGIB SLEIMAN ZAMMAR CARDOZO Y JORGES CHARBEL ZAMMAR GHATTAS en su carácter de Victimas, ya que la presunta violación de derechos constitucionales CESÓ, cuando la Juez de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 02 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 12 de Marzo de 2014, acuerdo fijar Audiencia de Imputación de conformidad con los artículos 354 y 356 del Código Orgánico Procesal Penal, con relación a el asunto principal signado con el Nº KP01-P-2010-002745, siendo esta la OMISIÓN a la que se le atribuía la violación de los derechos constitucionales según lo manifestado por el ac.....