DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Revisión Apelación interpuesto, por la Abg. Enma Suárez, en su condición de Defensora Pública Penal Ordinario, ya que, lo que se pretendía con el mismo, resulta INOFICIOSO en este momento procesal, por cuanto se evidenció de la revisión efectuada en el sistema informático Juris 2000, que lo peticionado por la recurrente, ya le fue acordado por esta Alzada, en fecha 14 de agosto de 2006, en el R-06-287, en el cual se acordó la rebajar la pena establecida por el Tribunal de la Primera Instancia, al penado JHONNY HUMBERTO DAZA PIÑA, la cual quedó en definitiva en SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN.