DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: PRIMERO: Se Declara Con Lugar la Aprehensión en Flagrancia, del ciudadano LUÍS ENRIQUE DORANTES ADAN, titular de la Cédula de Identidad No. 7.362.268, por los delitos de VIOLENCIA FISICA, PSICOLÓGICA AMENAZA, HOSTIGAMIENTO y LESIONES DE CARÁCTER GENERICAS, previstos y sancionado en el Artículo 39, 40, 41 y 42 de la Ley Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia y artículo 413 Del Código Penal, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 93 segundo aparte de la mencionada Ley. SEGUNDO: Se acuerda seguir la presente investigación por el Procedimiento Especial, de conformidad al Artículo 94 en concordancia con el artículo 79 ejusdem TERCERO: Se impone Medidas de Seguridad de las establecidas en el artículo 87 Ordinales 5 y 6 de la Ley Sobre El.....