REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, trece de junio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: KP02-F-2007-000269

DEMANDANTE: MARIANA ELITZA ROJAS.

MOTIVO: INSERCIÓN DE PARTIDA.

De la revisión de las actas se observa que desde la fecha 10 de Octubre del 2007, ha transcurrido más de un año sin que la parte actora haya ejecutado ningún acto en el proceso de INSERCIÓN DE PARTIDA, a los fines de la prosecución del mismo este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con el Artículo 267, en su encabezamiento, en concordancia con el Artículo 269, ambos del Código de Procedimiento Civil. Archívese el expediente y remítase al Archivo Judicial para su Guarda y Custodia.
La Juez La Secretaria

Abg. HAROLD R. PARDES B. Abg. LUISA A. AGUERO E.

HRPB/LAAE/am.
La Suscrita Secretaria certifica la exactitud de la copia que antecede la cual es traslado fiel de su original. Fecha up supra.
La Secretaria
Abg. LUISA A. AGUERO E.