1) CON LUGAR la demanda por Desalojo del inmueble objeto del Contrato de Arrendamiento, intentada por los ciudadanos DAMELIS TERESA DE SOUSA DE FERREIRA, ELIZABETTY FERREIRA DE SOUSA, MAIKELINA DE JESUS FERREIRA DE SOUSA, Venezolanas, mayores de edad titulares de las cédulas de identidad Nros. 8.368.064, 15.543.981 y 14.987.642, respectivamente, y ANTONIO JOSÉ FERREIRA DE SOUSA, quien es representado por su madre Damelis Teresa de Sousa Ferreira, contra MOTEL COCOTAL, C.A. (Antiguo Motel Cocotal S.R.L.), registrada por ante la Oficina de Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 25-10-1.989, anotado bajo el número 27, tomo A- Nro 75, representada por los ciudadanos JOSE RAFAEL BOLIVAR y/o OMAR ANTONIO MORALES MONSERRAT, mayores de edad, hábiles, titulares cada uno de las cédulas de identidad Nros. 2.906.309 y 10.567.463, respectivamente gerente general y vocal, domiciliados en Ciudad Guayana, Estado Bolívar.
2) En consecuencia esta Juzga.....