DISPOSITIVA
Por las consideraciones que preceden, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE ONFIERE LA LEY, Declara: PRIMERO: Sin Lugar la solicitud fiscal de declaratoria de Aprehensión en flagrancia del imputado ciudadano WINI RODRIGO REYES PÉREZ, titular de la cédula de identidad Nº 19.745.269. SEGUNDO: Continúese la respectiva investigación por el Procedimiento Ordinario. TERCERO: Sin Lugar la solicitud fiscal de la medida de coerción personal a imponer al imputado y en consecuencia decreta LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, al imputado WINI RODRIGO REYES PÉREZ, quien quedara identificado como tal, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 19.745.269, nacido en fecha 14-01-1989, de 19 años de edad, natural de Carora estado Lara, hijo de Lian Pérez, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, residenciado en el Barrio Lajas Azules, Calle Maracay, casa sin número, frente al módulo de Barrio Adentro, C.....