Este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con lugar la demanda por concepto de Cobro de Diferencia de Prestaciones Social, interpuesta por el ciudadana NORELYS NOEMI CHIRINOS, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.12.850.831., plenamente identificada en auto, de este domicilio, contra la empresa Huellas Y Mascotas y a la ciudadana LORENA MENDOZA, venezolana, mayor de edad, en su condición de representante legal de la contra la empresa demandada
SEGUNDO: Se condena a la empresa demandada ante identificada, y a la ciudadana LORENA MENDOZA, venezolana, mayor de edad, en su condición de representante legal a que pague a la reclamante ya ante identificado, la cantidad DOS MIL CUARENTA Y TRES BO.....