/Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, y en uso de la facultad conferida por el numeral 1º del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, OTORGA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado: CORTEZ PAEZ, MELVYS RAFAEL, venezolano, natural de Carora, Estado Lara, nació el día 06/09/1979, de 30 años de edad, soltero, grado de instrucción: Analfabeta, profesión u oficio: ninguno, titular de la cédula de identidad N° 15.056.746., hijo de Magali Páez (F) y Rafael Cortés, con domicilio en La Toñona, calle Valera con Francisco Miranda, Carora Estado Lara, por el lapso de por el lapso de UN (01) AÑO, CINCO (05) MESES Y VEINTIOCHO (28) DÍAS, el cual comenzara a correr desde su primera presentación en la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, Barquisimeto, Centro de Evaluación y Diagnostico, del Estado Lara, y cumpliendo las condiciones.....