En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Se declara la Aprehensión en flagrancia, Segundo: Se decreta con lugar la aplicación del procedimiento Ordinario solicitado por la defensa : Tercero: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del Ciudadano; Duglas Alexis Colmenares Godoy, quien dijo ser venezolano, mayor de edad, no cedulado, de 23 años de edad, de profesión u oficio limpiador de vidrio, residenciado en el calle 1, por el básico casa sin No, cerca de la Bodega Santa Rosa, a quien se le imputa la comisión del Delito de Robo Agravado y resistencia a la autoridad pre.....