U N I C O: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeran la ciudadana MARTHA MERCEDES GIMENEZ DE BARRADAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.365.032, de este domicilio, y el ciudadano JOSE GREGORIO BARRADAS, venezolano, mayor de edad, con C.I. Nº 5.261.013, de este domicilio, por ante el JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA SANTA ROSA, MUNICIPIO IRIBARREN, ESTADO LARA, en fecha 05 de mayo de 1975. De dicha unión matrimonial procrearon dos hijas las cuales son mayores de edad. Ofíciese al Jefe Civil y al Registrador Principal correspondiente. La presente sentencia queda firme en su misma fecha.