U N I C O: Con la declaración de la ciudadana: JANETH JOSEFINA RIVERO HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.620.883, de este domicilio, y con vista de los documentos públicos acompañados, a los cuales el Tribunal confiere pleno valor probatorio, a tenor de lo previsto en los artículos 1359 y 1360 del Código Civil Venezolano vigente, se evidencian plenamente los errores señalados en la solicitud, en el sentido de que la dirección de domicilio de su difunto padre para el momento de su muerte era Calle 40, entre Carreras 29 y 30 N° 29-63, Barquisimeto Estado Lara, así como el verdadero nombre del solicitante escrito correcto es ROBERTO ENRIQUE RIVERO HERNANDEZ, e igualmente al mencionar que el solicitante es de estado civil CASADA, debió colocarse CASADO. Así mismo en la Partida de Nacimiento de ROBERTO ENRIQUE RIVERO HERNANDEZ, por error se menciona "QUE LA NIÑA QUE PRESENTA", siendo lo correcto "QUE EL NIÑO QUE PRESENTA"; por lo q.....