Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, debe forzosamente declarar: PRIMERO: declara INADMISIBLE de manera sobrevenida el Recurso de Nulidad, intentado por ciudadano JOSÉ COROMOTO BETANCOURT SOTO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.438.156, contra el Acto Administrativo emanado del Directorio del Instituto Nacional de Tierras (I.N.Ti.), en reunión ORD-695-16, de fecha 10 de mayo de 2016, que otorga Título de Garantía de Permanencia Socialista Agraria y Carta de Registro Agrario N°1315777416RAT0009402, a favor del Ciudadano José Horacio Betancourt Soto, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 3.757.321, sobre un lote de terreno denominado, "Altos de las Rosas, ubicado en el Sector Altos de las Rosas, asentamiento campesino sin información, Parroquia Pio Tamay.....