Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA mediante la cual se DECLARO CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 10-02-05, por el abogado Saulo Luis Guédez López, contra el particular segundo del auto dictado en fecha 01-02-05, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara, en el juicio por Cobro de Bolívares, seguido por la empresa Metalúrgica Omega, C.A., contra el ciudadano Farid Sarquis, en su condición de aceptante de la letra de cambio. En consecuencia, queda REVOCADO PARCIALMENTE el auto dictado en fecha 01 de febrero de 2005, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, sólo en lo que se refiere al particular segundo. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.