Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana LUZ ESTRELLA DÍAZ MANZANO, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, provista de la Cédula de Identidad N° 12.091.537, domiciliada procesalmente en Guanare, Estado Portuguesa, debidamente asistida por el ciudadano ALDANA FERNÁNDEZ MIGUEL VICENTE, venezolano, mayor de edad, provisto de la Cédula de Identidad N°. 8.055.157 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°. 56.617, de igual domicilio, contra EL ESTADO PORTUGUESA por intermedio de la CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO PORTUGUESA, quien dictó el acto de destitución de la recurrente signada con el N° 32. quien estuvo representado por MARCOS MIRANDA, Procurador General del estado Portugue.....