Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Tribunal N° 2 en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se ADMITE totalmente la acusación presentada por la vindicta Pública contra el ciudadano Jorge Andres Suarez, por la presunta comisión del delito de porte ilicito de arma, se ADMITEN las pruebas promovidas cuya pertinencia y necesidad ha indicado expresamente la promovente. SEGUNDO: CONDENA al ciudadano JORGE ANDRES SUÁREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 16750380, de 22 años de edad, soltero, ocupación comerciante, hijo de Manuela Suárez y de Andrés Querales, nació el 26-02-84, residenciado en Nuevo Barrio, calle 14 entre 14 y 15, casa D-01 de esta ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, a cumplir la pena de un año (01) y seis (6) meses de prisión por la comisión del delito de PO.....