este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la solicitud de TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, presentada por la ciudadana: MARY ERNESTINA GOMEZ, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los artículos 899, 340, 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y así se decide.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara. En Barquisimeto, a los 10 días del mes de octubre de dos mil dieciocho (2018). Años 208º de la Independencia y 159º de la Federación.-
La Juez Temporal,
Abg. Belén Beatriz Dan Colmenarez
El Secretario Suplente,
Abg. Johnny José Alvarado Hernández
B.B.D.C/Jalvara.....