DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado DOUGLAS ESCALONA DUN, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada en contra de la decisión dictada en fecha 2 de abril del 2018, por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA. Se declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE UNIÓN CONCUBINARIA interpuesta por la ciudadana CIRA ELENA ABREU PARRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula N° 9.157.068, contra los ciudadanos LORENA ABRIL CONTRERAS, JUAN CARLOS ABRIL CONTRERAS Y JOSÉ ANTONIO ABRIL CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 15.732.227, 17.505.511 y 17.505.509, respectiv.....