Por los razonamientos antes expuestas este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Actuando en Sede Constitucional en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el presente Recurso de Amparo Sobrevenido, interpuesto en fecha 03 de mayo de 2011, por el ciudadano LEPINOUX CHUPEAU SERGIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 4.836.776, asistido por la abogada MARÍALEJANDRA BRICEÑO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 92.159, "contra de la notificación consignada en fecha 21/07/2010, expediente KP02-V-2002-000425 por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito del Estado Lara."
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Actuando en Sede Constitucional, en Barquisimeto, a los dos.....