DECISIÓN
Por las motivaciones anteriormente expuestas, este JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente decisión:
PRIMERO: Se declara con lugar la acción de DIVORCIO 185-A, instaurada por los ciudadanos HÉCTOR DARIO RESTREPO y CRUZ MARÍA LEÓN ALFONSO venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.672.595 y V-4.031.259, respectivamente, y en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNÍA, en virtud del matrimonio celebrado en fecha 07 de Mayo de 1975, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Agustín, Municipio Libertador, Distrito Capital, conforme se evidencia en acta de matrimonio, anotada bajo el No. 65 de los Libros de Matrimonios llevados por la referida Autoridad Civil.
SEGUNDO: Se declara IMPROCEDENTE, la cesión .....