DECISIÓN
En merito a las consideraciones que anteceden, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, OTORGA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD, a los imputados RODRÍGUEZ MADRID JAIME DAVID, EVER ANTONIO RODRIGUEZ EDGAR ROSELIANO ALVAREZ, plenamente identificados al principio de este auto, por la comisión de los delitos de HURTO DE VEHÍCULO, previsto y sancionado en el articulo 1 con las circunstancias agravantes del articulo 02 con sus agravantes 1, 4, 5, de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo, y HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el articulo 453 del Código Penal, y por lo que respecta al imputado ROSELIANO ALVAREZ, por los delitos de HURTO DE VEHÍCULO, previsto y sancionado en el articulo 1 con las circunstancias agravantes del articulo 02 con sus agravantes 1, 4, 5, de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Y HURTO CALI.....