DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano ORTEGA FRANCO JOEL JESÚS (de quien se desconocen mayores datos de identificación) por la presunta comisión de uno de los delitos contra la propiedad, cometido en perjuicio del ciudadano ACACIO HERRERA PATIÑO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 6.545.503, residenciado en Urbanización Roca Terra, calle 02 casa Nº 02-03, Cabudare Estado Lara, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 2º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, al estimar este Tribunal que los hechos objeto de la presente, no están considerados por nuestro ordenamiento jurídico como una conducta típicamente antijurídica, es decir, no se encuentra tipificada en el ordena.....