Es por las razones antes expuestas que este Tribunal de Control N° 3, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda: PRIMERO : Hacer la entrega del VEHICULO MARCA FIAT , MODELO PALIO, AÑO 1998, COLOR ROJO, SERIAL CARROCERÍA ZFA1780020V013710,SERIAL DEL MOTOR 4CIL,TIPO COUPE, Al Ciudadano HECTOR JOSE NIETO ABARCA, mayor de edad, venezolano, venezolana, titular de la Cedula de Identidad N° V-12.935.951, de conformidad con lo previsto en el articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, entrega plena SEGUNDO: Se acuerda la devolución de los documentos originales consignados por el solicitante, previa copias en autos, como también se acuerda entregar copia certificada de la presente decisión TERCERO: Notifíquese al solicitante de la decisión, al Ministerio Publico, Librese oficio para su respectiva entrega al Estacionamiento La Concordia . Cúmplase
La Juez d.....