En consecuencia de lo antes señalado es por lo que este Tribunal de Control N° 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, visto el decreta la Prescripción de la acción penal de conformidad a lo establecido en el artículo 108 ordinal 4ª en consecuencia se acuerda el SOBRESEIMIENTO de la causa a favor de la ciudadana ALIDA YHONNELITH ALVAREZ, C.I. 14.695.458, de 30 años, casada, nacido el 15-10-1978, en Barquisimeto, Estado Lara, domiciliado en Colinas de San Lorenzo, manzana 5, casa Nº A-5 a 2 casas de la escuela. Barquisimeto. Teléfono: 0251-5115678 Y WILMER HERIBERTO RODRIGUEZ PEREZ, C.I. 11.263.284, de 39 años, casado, nacido el 02-11-1969, en Barquisimeto, Estado Lara, domiciliado en Colinas de San Lorenzo, manzana 5, casa Nº A-5 a 2 casas de la escuela. Barquisimeto. Teléfono: 0251-5115678. Regístrese, Publíquese, Notifíquese. Cúmplase.