Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley declara: Con lugar la solicitud de Divorcio, presentada por los ciudadanos Melvis José Camacaro Alvarado y Eliana Rossi Torres Barrios, titulares de las cédulas de identidad Nros. 14.842.019 y V- 16.234.011, respectivamente, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil.