Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 25/07/2006

Formato:  Ficha  Lista

Paginas Ant 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 Sig [+10] [Total de sentencias: 184] Página 4 de 19
N° Expediente : KP01-P-2006-004592 N° Sentencia : Fecha: 25/07/2006
Procedimiento:
Medida Cautelar Sustitutiva A La Privación De Libe
Partes:
IMPUTADOS: MARCO TULIO SIERRA COLMENAREZ, RICARDO GABRIEL ZAPATA ALVAREZ, Y CARLOS EDUARDO ANGULO
Resumen:
/Este Tribunal Octavo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley ACUERDA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACION DE LIBERTAD, de conformidad con el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de los ciudadanos MARCO TULIO SIERRA COLMENAREZ, RICARDO GABRIEL ZAPATA ALVAREZ, y el ciudadano CARLOS EDUARDO ANGULO, plenamente identificada en autos. Notifíquese a las partes. Publíquese y Regístrese. Cúmplase.-
Juez/Ponente:
Wendi Carolina Perez
Organo:
Tribunal Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control
arriba

N° Expediente : KP02-R-2006-000012 N° Sentencia : Fecha: 25/07/2006
Procedimiento:
Apelación
Partes:
NELSON ROMERO VS INVERSIONES ASCOLI PICHENO C.A.,
Resumen:
Por otra parte, en criterio de esta Alzada, el trabajador mantiene la posibilidad de ir en contra de los bienes de la sociedad transferida, al igual que contra los bienes de la persona natural que transfirió la propiedad a los nuevos dueños, por lo que tendrá derecho de ir en contra de ambos para ser efectiva sus acreencias laborales, pues al ser, en este caso, su patrono una persona jurídica, con un conjunto de bienes y conforme a los principios que inspiran el derecho del trabajo y dado su carácter laboral, el trabajador debe contar con la posibilidad cierta de acudir a los bienes de su expatrono, así como contra la persona jurídica que cambió de dueño, para satisfacer sus derechos, sin que pueda quedar ilusoria la ejecución del fallo, cuando ocurran casos como el de autos. Y así se decide.
Juez/Ponente:
José Felix Escalona
Organo:
Juzgado Superior Segundo del Trabajo
arriba

N° Expediente : KP01-P-2004-001231 N° Sentencia : Fecha: 25/07/2006
Procedimiento:
Medida Privativa Judicial Preventiva De Libertad
Partes:
IMPUTADO: JULIO RICARDO NIEVES TERAN
Resumen:
/Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 8 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara con sede en la ciudad de Barquisimeto procede a emitir su decisión, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en los siguientes términos: Acuerda con fundamento a lo dispuesto en los artículos 262 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal la revocatoria de la Medida Cautelar de Arresto Domiciliario otorgado a favor del ciudadano JULIO RICARDO NIEVES TERAN, ya identificado en autos, imponiéndole Medida Privativa Preventiva de Libertad, de conformidad con lo dispuesto en los artículo 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Publíquese. Regístrese.
Juez/Ponente:
Wendi Carolina Perez
Organo:
Tribunal Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control
arriba

N° Expediente : KP02-S-2006-007445 N° Sentencia : Fecha: 25/07/2006
Procedimiento:
Solicitud De Titulo Supletorio
Partes:
HAIDE RODRÍGUEZ CÁRDENAS
Resumen:
este Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 937 ejusdem, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO bastante para asegurar derechos de la propiedad y posesión sobre el inmueble a que se contrae el presente escrito, cuyas características, ubicación y linderos ya se han determinado suficientemente a favor del solicitante antes identificado, dejando a salvo los derechos de terceros. A los fines de su registro, se le advierte al Registrador respectivo, que conforme al acuerdo del lº de Abril de 1970 dictado por la Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa, para proceder a la protocolización, de un Título Supletorio expedido sobre bienhechurías en fundo ajeno, se requiere la autorización del propietario, sea éste un ente Público o un particular. Devuélvanse originales y sus resultas. Expídase copia certificada, a los fines de su registro.
Juez/Ponente:
Tania Pargas
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2006-007384 N° Sentencia : Fecha: 25/07/2006
Procedimiento:
Solicitud De Titulo Supletorio
Partes:
JIMÉNEZ BARRETO MORAIMA DEL CARMEN
Resumen:
este Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 937 ejusdem, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO bastante para asegurar derechos de la propiedad y posesión sobre el inmueble a que se contrae el presente escrito, cuyas características, ubicación y linderos ya se han determinado suficientemente a favor del solicitante antes identificado, dejando a salvo los derechos de terceros. A los fines de su registro, se le advierte al Registrador respectivo, que conforme al acuerdo del lº de Abril de 1970 dictado por la Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa, para proceder a la protocolización, de un Título Supletorio expedido sobre bienhechurías en fundo ajeno, se requiere la autorización del propietario, sea éste un ente Público o un particular. Devuélvanse originales y sus resultas. Expídase copia certificada, a los fines de su registro.
Juez/Ponente:
Tania Pargas
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2006-000580 N° Sentencia : Fecha: 25/07/2006
Procedimiento:
Solicitud De Titulo Supletorio
Partes:
CHAVEZ DE PEROZO LAURA JOSEFINA
Resumen:
este Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 937 ejusdem, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO bastante para asegurar derechos de la propiedad y posesión sobre el inmueble a que se contrae el presente escrito, cuyas características, ubicación y linderos ya se han determinado suficientemente a favor del solicitante antes identificado, dejando a salvo los derechos de terceros. A los fines de su registro, se le advierte al Registrador respectivo, que conforme al acuerdo del lº de Abril de 1970 dictado por la Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa, para proceder a la protocolización, de un Título Supletorio expedido sobre bienhechurías en fundo ajeno, se requiere la autorización del propietario, sea éste un ente Público o un particular. Devuélvanse originales y sus resultas. Expídase copia certificada, a los fines de su registro.
Juez/Ponente:
Tania Pargas
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2006-008705 N° Sentencia : Fecha: 25/07/2006
Procedimiento:
Solicitud De Titulo Supletorio
Partes:
RAMONA DOMINGA ANGULO ORTIZ
Resumen:
este Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 937 ejusdem, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO bastante para asegurar derechos de la propiedad y posesión sobre el inmueble a que se contrae el presente escrito, cuyas características, ubicación y linderos ya se han determinado suficientemente a favor del solicitante antes identificado, dejando a salvo los derechos de terceros. A los fines de su registro, se le advierte al Registrador respectivo, que conforme al acuerdo del lº de Abril de 1970 dictado por la Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa, para proceder a la protocolización, de un Título Supletorio expedido sobre bienhechurías en fundo ajeno, se requiere la autorización del propietario, sea éste un ente Público o un particular. Devuélvanse originales y sus resultas. Expídase copia certificada, a los fines de su registro.
Juez/Ponente:
Tania Pargas
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2006-003170 N° Sentencia : Fecha: 25/07/2006
Procedimiento:
Solicitud De Titulo Supletorio
Partes:
ELIZABET GRASIETE CRESPO DE PÉREZ
Resumen:
este Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 937 ejusdem, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO bastante para asegurar derechos de la propiedad y posesión sobre el inmueble a que se contrae el presente escrito, cuyas características, ubicación y linderos ya se han determinado suficientemente a favor del solicitante antes identificado, dejando a salvo los derechos de terceros. A los fines de su registro, se le advierte al Registrador respectivo, que conforme al acuerdo del lº de Abril de 1970 dictado por la Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa, para proceder a la protocolización, de un Título Supletorio expedido sobre bienhechurías en fundo ajeno, se requiere la autorización del propietario, sea éste un ente Público o un particular. Devuélvanse originales y sus resultas. Expídase copia certificada, a los fines de su registro.
Juez/Ponente:
Tania Pargas
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2006-008768 N° Sentencia : Fecha: 25/07/2006
Procedimiento:
Solicitud De Titulo Supletorio
Partes:
VÍCTOR RAFAEL GARCÍA ROJAS
Resumen:
este Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 937 ejusdem, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO bastante para asegurar derechos de la propiedad y posesión sobre el inmueble a que se contrae el presente escrito, cuyas características, ubicación y linderos ya se han determinado suficientemente a favor del solicitante antes identificado, dejando a salvo los derechos de terceros. A los fines de su registro, se le advierte al Registrador respectivo, que conforme al acuerdo del lº de Abril de 1970 dictado por la Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa, para proceder a la protocolización, de un Título Supletorio expedido sobre bienhechurías en fundo ajeno, se requiere la autorización del propietario, sea éste un ente Público o un particular. Devuélvanse originales y sus resultas. Expídase copia certificada, a los fines de su registro.
Juez/Ponente:
Tania Pargas
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2005-017949 N° Sentencia : Fecha: 25/07/2006
Procedimiento:
Solicitud De Titulo Supletorio
Partes:
YASMIN DI GIACOMO MARRUFO
Resumen:
este Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 937 ejusdem, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO bastante para asegurar derechos de la propiedad y posesión sobre el inmueble a que se contrae el presente escrito, cuyas características, ubicación y linderos ya se han determinado suficientemente a favor del solicitante antes identificado, dejando a salvo los derechos de terceros. A los fines de su registro, se le advierte al Registrador respectivo, que conforme al acuerdo del lº de Abril de 1970 dictado por la Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa, para proceder a la protocolización, de un Título Supletorio expedido sobre bienhechurías en fundo ajeno, se requiere la autorización del propietario, sea éste un ente Público o un particular. Devuélvanse originales y sus resultas. Expídase copia certificada, a los fines de su registro.
Juez/Ponente:
Tania Pargas
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados