DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por la ABG. XIOLIMAR MUJICA RODRIGUEZ, en su carácter de Defensora Publica Penal Cuarta del estado Lara, de los ciudadanos JOSE GREGORIO PERDOMO HERNÁNDEZ, ROBERT JOSE DIAZ, JOSE RAFAEL AMAYA ALVARADO, contra la decisión dictada en audiencia de fecha 04/08/2016 y fundamentada en fecha 15/08/2016, por parte del Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante el cual Decreta la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad de conformidad con el artículo 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, para los ciudadanos JOSE GREGORIO PERDOMO HERNÁNDEZ, titular de la cedula de identidad V-18.432.044; ROBERT JOSE DIAZ, ti.....