Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la solicitud de divorcio presentado por la ciudadana LUREXY JOSEFINA FERNANDEZ FREITES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.613.520, y de este domicilio, debidamente asistida por la ciudadana HAIDEE HERNANDEZ, abogada en ejercicio e inscrita en el Ipsa bajo el Nro. 220.886, y de este domicilio, contra el ciudadano HENRRY JOSÉ BUSTAMANTE BUSTAMANTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.114.299, y de este domicilio; y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre ellos, en fecha 23 de Abril de 1999, por ante el despacho de la Primera Autoridad del Municipio Caroní del Estado Bolívar, t.....