En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana YADITZA GRACIELA VARGAS VALERA, identificada en autos en contra de PANADERIA LA PALMITA ANDINA DE QUIBOR C.A.
SEGUNDO: Se ordena a PANADERIA LA PALMITA ANDINA DE QUIBOR C.A. que pague a la ciudadana YADITZA GRACIELA VARGAS VALERA, identificada en autos la cantidad de SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES BOLIVARES FUERTES CON CERO CENTIMOS, más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo que realizará un solo perito que designará el Tribunal, y la cual se ordena a los fines de determinar La indexación sobre las cantidades condenadas a pagar. Ahora bien, con respecto a la corrección monetaria y de conformidad con la sentenci.....