Por los razonamientos expuestos, se declara SIN LUGAR la solicitud de la defensa y en consecuencia, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, se ACUERDA mantener la medida de privación judicial preventiva al ciudadano LUINGER JOSÉ CAMACARO ROJAS, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.671.405, venezolano, mayor de edad, de profesión Artesano, soltero, de 19 años de edad, nacido en fecha 27/08/1989, residenciado en El Barrio El Jebe, Sector La Pradera, Frente al Modulo Cubano, Barquisimeto, Edo Lara. Notifíquese.