DISPOSITIVA
En fuerza de los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: Declara CON LUGAR la Inhibición planteada por la Jueza en función de Juicio Nº05 de este Circuito Judicial Penal, abogada Betty Camacaro, mediante acta levantada en fecha 01 de Agosto de 2019, en el asunto KP01-P-2017-000825, seguida a la ciudadana seguido a la ciudadana Beatriz Eliza Angulo Angulo, en virtud de haber dictado una Sentencia Absolutoria a favor de los ciudadanos YEFERSON JOSUE GARCIA AZUAJE, titular de la cedula de identidad N° 21.159.143, ESLEIKER JHOAN GARCIA AZUAJE, titular de la cedula de identidad N° 26.882.418 y JAIRO RANSER TORREALBA MORILLO, titular de la cedula de identidad N° 21.129.581, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, Previsto y Sancionado en el Artículo 05 en relación al Artículo 0.....