DECISIÒN
Con fundamento a lo precedentemente expuesto y con bases a las normativas de la Ley, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara Con Lugar: la solicitud de Cumplimiento de Obligación Alimentaria, presentada por la apoderada judicial abogada Rosa Margarita Seguerí Querales, en representación de la ciudadana Denmary Josefina Mejias, ya identificada, en relación a los niños Luis Alejandro y Luis Fernando Pérez Mejias, en contra del ciudadano José Antonio Pérez Carrera, ya identificado. En consecuencia, se condena al ciudadano José Antonio Pérez Carrera, ya identificado, al pago de la cantidad de un millón setecientos treinta y cinco mil novecientos cincuenta y seis Bolívares con nueve céntimos (Bs. 1.735.956,9), monto que adeuda por concepto de atraso en la obligación alimentaria.