Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, y vista la acusación presentada por el Fiscal Undécimo adscrito al Ministerio Publico del Estado Lara en fecha 23/06/2011, contra el ciudadano LUIS ROBERTO GIMENEZ TULLIO, titular de la cédula de identidad Nº 17.378.250, venezolano, de 23 Años, natural de Barquisimeto, Estado Lara, nacido en fecha 25/02/1986, de estado civil: soltero, bachiller, de profesión u oficio estudiante, hijo de Brunilla Tullio y de Roberto Jiménez, residenciado en el Cabudare Almarierra, Edificio Las Acacias, PH 9B, Teléfono: 0426-9587772, por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Contra el Trafico y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y dado a que se evidencia que la prorroga otorgada a la representación fiscal vencía en fecha: 23/06/2011; se ordena dejar si efecto la Resolución .....