Este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación y declara a MARIA LOURDES DELGADO RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.411.121, asistida en este acto por la Abogada Milangela Colmenarez, Inpreabogado N° 104.015, actuando en nombre propio y en representación de sus hijos ciudadanos: IVELIS GEOMARY AMABILE DELGADO, CARLOS ALFONSO AMABILE DELGADO Y VICENTE AMABILE DELGADO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.583.318, V-13.867.858, V-10.962.103, respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la causante ELIS YOLANDA BENITEZ DE DELIMA.