En merito de las consideraciones anteriores y de conformidad a las normas contenidas el los artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, 1579, 1585 y 1592 del Código Civil, 33, 34, 35, 53 y 56 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, 881 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; este Juzgado del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: SIN LUGAR, la presente Demanda, intentada por el ciudadano RAFAEL RAMON VALERA FERNANDEZ en representación del ciudadano ALCIDES JOSE RODRIGUEZ JIMENEZ, titular de la cédula de identidad Nº 7.451.421, por motivo de DESALOJO contra el ciudadano ENRIQUE
RAMOS, titular de la cédula de identidad Nº 4.552.288.- Se condena a la parte Actora ciudadano ALCIDES JOSE RODRIGUEZ JIMENEZ, titular de la cédula de identidad numero V-7.451.421, al pago de las costas, costos y honorarios .....