ESTE JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la parte demandada recurrente, a través del abogado HÉCTOR CAICEDO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO), bajo el Nº 63.655, contra la sentencia dictada en fecha veintidós (22) de mayo del dos mil diecisiete (2017), por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, ciudad Bolívar.
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión dictada en fecha veintidós (22) de mayo del dos mil diecisiete (2017), por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, ciudad Bolívar.
TERCERO: SE REPONE LA CAUSA al estado de que el Tribunal qu.....